Artículo 23. Gerente Comarcal.
Artículo 23 de la Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca de La Ribagorza. · BOE-A-2002-11910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-01.
Texto consolidado
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado Gerente, al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.