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Ley Vigente

Artículo 23. Composición de la Conferencia.

Artículo 23 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4506

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-23.

Texto consolidado

1. La Conferencia de Consejos Sociales de la Comunidad de Madrid estará compuesta por los Presidentes de los Consejos Sociales de cada Universidad Pública, que formarán el Pleno de la Conferencia. El Pleno designará entre sus miembros al Presidente de la Conferencia, que será su representante y ejercerá las funciones que le atribuye la normativa de procedimiento administrativo común a los órganos colegiados.

2. La Comisión de Secretarios de la Conferencia, integrada por todos los Secretarios de los Consejos Sociales, será el órgano de apoyo del Pleno con la función de estudiar y preparar los asuntos que vayan a ser objeto de su conocimiento. La Comisión de Secretarios designará un coordinador entre ellos mismos, que ejercerá de presidente del órgano colegiado y actuará de secretario del Pleno. Los miembros de la Comisión podrán asistir a las reuniones del Pleno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-23.

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