El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 23. Bases de la regulación de los instrumentos de ordenación urbanística.

Artículo 23 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-27.

Texto consolidado

1. El Plan Territorial contendrá criterios y normas de carácter urbanístico que tendrán como finalidad garantizar la coherencia de la ordenación urbana con la territorial que éstos definen y asegurar un desarrollo urbano sostenible.

2. Entre las determinaciones de carácter urbanístico que los Planes Territoriales han de contemplar se incluye el ajuste, para cada localidad, de los indicadores y estándares urbanísticos fijados en esta ley. Así mismo habrán de delimitar las zonas de suelo rústico en las que podrán localizarse, en su caso, nuevos desarrollos urbanísticos.

3. Las determinaciones de carácter urbanístico de los Planes Territoriales prevalecerán, en todo caso, sobre las del planeamiento urbanístico y serán de directa aplicación desde la entrada en vigor de aquellos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-27.

Más artículos de Ley 11/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.