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Ley Vigente

Artículo 23. Renuncia al derecho del secreto estadístico.

Artículo 23 de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1991-7214

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-02-12.

Texto consolidado

1. El derecho del informante a que la Administración cumpla con el deber secreto estadístico es renunciable mediante manifestación expresa, realizada en documento escrito.

2. La anterior declaración podrá tener finalidad general o estar limitada a unos usos determiados. En este caso, las personas, Instituciones o entes beneficiarios habrán de mantener el secreto estadístico en relación a otros usos distintos de los autorizados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-02-12.

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