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Ley Vigente

Artículo 23.

Artículo 23 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. · BOE-A-1983-23788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-03-21.

Texto consolidado

En los demás casos previstos en el artículo 20 el Presidente continuará el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión del nuevo Presidente de la Xunta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-03-21.

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