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Ley Vigente

Artículo 227. Multas coercitivas.

Artículo 227 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. · BOE-A-2011-17400

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-20.

Texto consolidado

1. Con independencia de las multas impuestas como sanción, en los supuestos de obstaculización, desobediencia o incumplimiento de las órdenes de la administración se podrán imponer, con periodicidad mensual, hasta diez multas coercitivas. El importe de cada una podrá ser el mayor de las siguientes cantidades: la décima parte del valor de lo ordenado, o 600 euros.

2. El importe de las multas coercitivas se ingresará en el patrimonio público de suelo de la administración actuante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-09-20.

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