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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 225.

Artículo 225 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. · BOE-A-1995-16401

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-25.

Texto consolidado

1. Podrán adquirirse compromisos de gastos con carácter plurianual en alguno de los casos siguientes:

a) Inversiones y transferencias de capital.

b) Gastos en bienes y servicios cuya contratación, no pueda ser estipulada o resulte antieconómica, por plazo de un año.

c) Arrendamiento de bienes inmuebles.

d) Cargas financieras del endeudamiento.

2. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos referidos en los apartados a) y b) del número anterior no será superior a cuatro.

3. En casos excepcionales el Pleno de la entidad podrá ampliar el número de anualidades señaladas en el punto anterior.

Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. 16 de la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-20330

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-11-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-20330.

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