Artículo 224. Lavandería.
Artículo 224 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1996-3307
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-25.
Texto consolidado
En todos los Establecimientos penitenciarios se contará con un servicio de lavandería al que accederán todos los internos.