Artículo 222-11. Tutela de hermanos.
Artículo 222-11 de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. · BOE-A-2010-13312
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
La delación judicial de la tutela de hermanos menores de edad debe recaer en una misma persona, salvo que las circunstancias justifiquen una resolución diferente.