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Ley Vigente

Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.

Artículo 222-1 de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. · BOE-A-2010-13312

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Texto consolidado

Deben ponerse en tutela:

a) Los menores no emancipados que no estén en potestad parental.

b) Los incapacitados, si lo determina la sentencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

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