El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente 2 redacciones

Artículo 22. Elección de los Jueces.

Artículo 22 del Resolución de 5 de abril de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se hacen públicos los textos refundidos del Convenio para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950; el protocolo adicional al Convenio, hecho en París el 20 de marzo de 1952, y el protocolo número 6, relativo a la abolición de la pena de muerte, hecho en Estrasburgo el 28 de abril de 1983. · BOE-A-1999-10148

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-01.

Texto consolidado

Los Jueces serán elegidos por la Asamblea Parlamentaria en razón de cada Alta Parte Contratante, por mayoría absoluta de votos, de una lista de tres candidatos presentada por esa Alta Parte Contratante.

Se suprime el apartado 2 por el art. 1 del Protocolo número 14, de 13 de mayo de 2004, ratificado por Instrumento de 3 de marzo de 2006. Ref. BOE-A-2010-8504

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-8504.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de BOE-A-1999-10148

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1999-10148 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.