Artículo 22.
Artículo 22 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
Los miembros elegibles de la Asamblea General lo serán cada cuatro años, coincidiendo con los años naturales en que se celebren los Juegos Olímpicos de verano, por sufragio libre y secreto, igual y directo, entre y por los componentes de cada estamento.
El desarrollo de los procesos electorales se regulará en los oportunos Reglamentos de Elecciones.