Artículo 22. Supervisión de la sociedad gestora.
Artículo 22 del Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores. · BOE-A-2001-15221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-05.
Texto consolidado
La sociedad gestora estará sujeta a la supervisión de la CNMV, según el régimen establecido en el título VIII de la Ley del Mercado de Valores.