Artículo 22. Escala de tropa.
Artículo 22 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-04.
Texto consolidado
En la Escala de Tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
b) Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico.
c) Auxiliar de Mantenimiento de Armamento.
d) Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica.
e) Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos.
f) Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras.
g) Auxiliar de Mando y Control.
h) Operador de Equipos y Sistemas.
i) Operaciones en Plataforma Aérea.
j) Combustibles.
k) Contraincendios.
l) Cartografía e Imagen.
m) Apoyo Sanitario.
n) Administración.
ñ) Hostelería.
o) Música.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-11478.