Artículo 22. Cuotas extraordinarias.
Artículo 22 del Real Decreto 353/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2011-5836
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-02.
Texto consolidado
Las cuotas extraordinarias deberán ser acordadas por la Asamblea General, con las limitaciones que en su caso se establezcan por el Estatuto particular.