El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 22. Naturaleza y régimen jurídico.

Artículo 22 del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos. · BOE-A-2004-15457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-08-27.

Texto consolidado

1. La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, que fue creada por el Real Decreto 2111/1994, de 28 de octubre, en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, tiene la consideración de corporación de derecho público y se rige por lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, por lo establecido en este real decreto y por los estatutos que figuran como anexo de este.

2. La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos tiene personalidad jurídica propia y actuará en la totalidad de sus actividades en régimen de derecho privado.

3. La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos estará sujeta en el ejercicio de su actividad a la tutela de la Administración General del Estado, que la ejercerá a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-27.

Más artículos de Real Decreto 1716/2004

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1716/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.