Artículo 22. Rotación de los atriles y actuación de los solistas
Artículo 22 del Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Orquesta Nacional de España. · BOE-A-2002-24045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-12.
Texto consolidado
El Director titular podrá decidir el carácter rotativo de los atriles de la cuerda si lo considera conveniente, así como la actuación de solistas.