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Real Decreto Derogada

Artículo 22. Tipos de módulos profesionales.

Artículo 22 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. · BOE-A-2011-13118

Atención: Real Decreto 1147/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los ciclos formativos incluirán, como mínimo, los siguientes módulos profesionales:

a) Módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

b) Módulo de formación y orientación laboral

c) Módulo de empresa e iniciativa emprendedora.

d) Módulo de formación en centros de trabajo.

e) Módulo de proyecto, sólo para ciclos formativos de grado superior.

Asimismo, podrán incluir otros módulos profesionales no asociados a las unidades de competencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-31.

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