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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 22. Información.

Artículo 22 del Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión. · BOE-A-2005-15514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-18.

Texto consolidado

La información que se ha de facilitar a los donantes de sangre o componentes autólogos será como mínimo la que se especifica en los apartados 2, 5 y 10 del anexo I.A.

La información deberá ofrecerse en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio de diseño para todos, de manera que resulten accesibles y comprensibles a las personas con discapacidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-14812.

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