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Orden Vigente

Artículo 22. Impuesto sobre consumos específicos.

Artículo 22 de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. · BOE-A-2008-19916

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-11.

Texto consolidado

Recoge los ingresos que, en su caso, se puedan derivar de los Impuestos Especiales sobre fabricación y consumos específicos. Se incluirán los que resulten de la cesión de estos impuestos cuando la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establezca dicho recurso.

Concepto 220. Impuestos Especiales.

Se definen subconceptos correspondientes a cada uno de los Impuestos Especiales sobre fabricación y consumo específicos, por los que las Entidades locales perciben ingresos.

Subconcepto 220.00. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.

Subconcepto 220.01. Impuesto sobre la cerveza.

Subconcepto 220.02. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas.

Subconcepto 220.03. Impuesto sobre las labores del tabaco.

Subconcepto 220.04. Impuesto sobre hidrocarburos.

Subconcepto 220.05. Impuesto sobre determinados medios de transporte.

Subconcepto 220.06. Impuesto sobre productos intermedios.

Subconcepto 220.07. Impuesto sobre la energía.

Subconcepto 220.08. Impuesto sobre ventas minoristas de hidrocarburos.

Subconcepto 220.09. Exacción sobre la gasolina.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-11.

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