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Orden Vigente

Artículo 22. Responsabilidades y cometidos del director técnico.

Artículo 22 de la Orden DEF/92/2008, de 23 de enero, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas de Defensa. · BOE-A-2008-1542

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-31.

Texto consolidado

Serán responsabilidades y cometidos del director técnico las siguientes:

a) La dirección y organización de las tareas de proceso técnico de los fondos bibliográficos y documentales.

b) La coordinación de los servicios al público y de la atención a los usuarios.

c) La planificación y propuesta de las necesidades económicas en materia de carácter técnico bibliotecario.

d) La elaboración de informes técnicos, propuestas y memorias de actuación.

e) El asesoramiento a la dirección del centro en cuestiones técnicas bibliotecarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-31.

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