Artículo 22. Servicios de información al trabajo autónomo.
Artículo 22 de la Ley Foral 12/2013, de 12 de marzo, de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra. · BOE-A-2013-3676
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-19.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Navarra, en el ámbito de sus competencias, proporcionara la información y el asesoramiento técnico que resulten necesarios para el desarrollo, la consolidación y, en su caso, renovación de las iniciativas económicas y profesionales por cuenta propia que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. En las actuaciones de información y asesoramiento técnico que se lleven a cabo se prestará una atención especial a los grupos sociales con mayor incidencia en el ámbito de trabajo autónomo.
2. Los servicios de asesoramiento e información al trabajo autónomo constituyen un complemento de los incentivos previstos para la creación, el fomento y la modernización del trabajo autónomo en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y serán prestados a través del Departamento competente en materia de trabajo autónomo.