Artículo 21. Elaboración del Plan Estratégico del Trabajo Autónomo.
Artículo 21 de la Ley Foral 12/2013, de 12 de marzo, de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra. · BOE-A-2013-3676
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-19.
Texto consolidado
1. Corresponde al Departamento competente en materia de trabajo autónomo la elaboración del Plan Estratégico del Trabajo Autónomo, que será elevado para su aprobación por el Gobierno de Navarra.
2. El Plan estratégico se elaborará con una periodicidad cuando menos cuatrienal, siendo su proyecto objeto de previa consulta preceptiva, pero no vinculantes al Consejo Navarro del Trabajo Autónomo. La periodicidad estará coordinada con el plan, acuerdos por el empleo o proyectos similares que apruebe el Gobierno de Navarra.