Artículo 22. Promoción y fomento de la titularidad compartida de las explotaciones agrarias.
Artículo 22 de la Ley del Principado de Asturias 1/2026, de 18 de marzo, del Estatuto de las Mujeres Rurales del Principado de Asturias. · BOE-A-2026-8074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-19.
Texto consolidado
1. El Principado de Asturias promoverá activamente la titularidad compartida en los términos de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias, mediante campañas de información, asesoramiento técnico y simplificación de los procedimientos de alta en el registro correspondiente, garantizando incentivos económicos y priorización en el acceso a ayudas públicas y programas de desarrollo rural, cooperando a tal fin con las distintas Administraciones competentes en la materia.
2. El Principado de Asturias establecerá líneas de ayudas dirigidas a fomentar la constitución de explotaciones bajo esta forma jurídica.
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- Ver la norma completa: Ley del Principado de Asturias 1/2026, de 18 de marzo, del Estatuto de las Mujeres Rurales del Principado de Asturias.