Artículo 21. Promoción y fomento del acceso de las mujeres a la titularidad de las explotaciones agrarias.
Artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 1/2026, de 18 de marzo, del Estatuto de las Mujeres Rurales del Principado de Asturias. · BOE-A-2026-8074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-19.
Texto consolidado
1. Los órganos competentes de la Administración del Principado de Asturias realizarán campañas de información, difusión y sensibilización acerca del acceso de las mujeres a la titularidad de las explotaciones agrarias en cualquiera de las formas reconocidas por la ley.
2. Estas acciones de promoción y fomento facilitarán la información y explicación de las distintas figuras de titularidad de explotaciones de manera que las interesadas puedan elegir la que mejor se adapte a sus intereses.
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- Ver la norma completa: Ley del Principado de Asturias 1/2026, de 18 de marzo, del Estatuto de las Mujeres Rurales del Principado de Asturias.