Artículo 22. Mapa de localización de restos.
Artículo 22 de la Ley 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi. · BOE-A-2023-23216
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-18.
Texto consolidado
1. Gogora mantendrá actualizado el mapa de las zonas del territorio del País Vasco en las que se localicen o, de acuerdo con los datos disponibles, se presuma que puedan localizarse restos de víctimas desaparecidas.
2. La información del mapa será remitida para su inclusión en el mapa integrado de todo el territorio del Estado español.
3. La documentación cartográfica y geográfica, con las localizaciones a las que se refiere el apartado 1, y la información complementaria disponible estarán a disposición de las personas interesadas y del público en general.