Artículo 22. Programas de inserción socio-laboral para las víctimas de malos tratos.
Artículo 22 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres. · BOE-A-2003-9334
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-05.
Texto consolidado
La administración autonómica implantará programas de inserción socio-laboral individualizados para las víctimas de malos tratos que posibiliten su incorporación efectiva al mercado laboral.