Artículo 22. Contratación.
Artículo 22 de la Ley 9/2002, de 11 de noviembre, de Creación del Servicio Regional de Empleo y Formación. · BORM-s-2002-90014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
1. Los contratos que se celebren conforme a las facultades atribuidas por la presente al Presidente y al Director General del Servicio, se regirán por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
2. Dichos contratos serán objeto de inscripción en el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma.