Artículo 22. Patrimonio.
Artículo 22 de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud. · BOE-A-2007-15544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Constituyen el patrimonio del Instituto Catalán de la Salud:
a) Los bienes y derechos de que es titular, los que haya adquirido y los que adquiera o reciba por cualquier título.
b) Los bienes y derechos de cualquier naturaleza afectos a los servicios del Instituto Catalán de la Salud, cuya titularidad demanial le sea cedida por la Generalidad o por el Servicio Catalán de la Salud.
c) Los bienes y derechos de cualquier naturaleza que le sean adscritos por la Generalidad o por el Servicio Catalán de la Salud.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-548.