Artículo 22. Régimen económico y presupuestario.
Artículo 22 de la Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears. · BOE-A-2018-13192
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-08.
Texto consolidado
1. El presupuesto del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral se integra como sección presupuestaria en el presupuesto de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. Los recursos del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral están constituidos por:
a) Las consignaciones específicas previstas en los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
b) Las transferencias, corrientes o de capital que procedan de otras administraciones u organismos públicos.
c) Los bienes y valores, productos y rentas que provengan del patrimonio que le adscriba la comunidad autónoma de las Illes Balears.
d) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizado a percibir.
e) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que reciba de cualquier organismo público o de particulares.
f) Cualquier otro recurso que se le pueda atribuir.