Artículo 22. Perspectiva climática.
Artículo 22 de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-4378
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-10.
Texto consolidado
1. En los procedimientos de elaboración de leyes y de disposiciones de carácter general y en la actividad planificadora que promuevan o aprueben las administraciones públicas valencianas, se incorporarán la perspectiva climática, de conformidad con los estándares u objetivos indicados en esta ley y en el Plan Valenciano Integrado de Energía y Cambio Climático.
2. El órgano encargado de tramitar cualquier iniciativa normativa o planificadora incorporará, con carácter preceptivo, una evaluación de impacto climático, que tendrá por objeto analizar la repercusión del proyecto en la mitigación y adaptación al cambio climático.