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Ley Vigente

Artículo 22. Derecho a la cultura.

Artículo 22 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-14347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-16.

Texto consolidado

1. La Comunidad de Madrid garantizará el derecho a la cultura de todos los niños, con atención especial a aquellos que, por razón de discapacidad, vulnerabilidad social, pobreza o cualquier otra circunstancia personal o familiar requieran medidas inclusivas.

2. Para dar cumplimiento al derecho de los niños a participar plenamente en la vida cultural y artística, la Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades públicas o privadas:

a) Impulsará la realización de actividades culturales y artísticas dirigidas a niños mediante tarifas asequibles que permitan la participación de todos ellos, y el acceso gratuito a los museos, bienes y medios culturales de titularidad pública.

b) Favorecerá la generación de espacios que motiven a los niños a la creación artística y programas de visibilización de su producción artística.

c) Garantizará la accesibilidad de todos los niños a los museos, bienes y medios culturales de la Comunidad de Madrid, favoreciendo el conocimiento de sus valores, historia, tradiciones y su participación en la cultura, propiciando su acercamiento y adaptación a sus diferentes circunstancias y etapas evolutivas.

d) Facilitará el conocimiento de los bienes y medios culturales integrantes de sus colecciones de su patrimonio por parte de los niños procurando su acercamiento y adaptación a sus características evolutivas.

e) Posibilitará el acceso de los niños a los servicios de información, documentación, museos, bibliotecas y demás bienes culturales públicos en condiciones que garanticen su accesibilidad.

f) Promoverá aquellas iniciativas sociales que contribuyan a su interés por la cultura y faciliten su participación activa en la vida cultural y artística.

3. La Comunidad de Madrid favorecerá que los niños que pertenezcan o procedan de una cultura o etnia no mayoritaria, en particular la gitana, puedan conocerla, y fomentará el respeto a su identidad cultural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-16.

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