Artículo 22. División en lotes.
Artículo 22 de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. · BOE-A-2021-18038
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.
Texto consolidado
1. Con la finalidad de favorecer a las pequeñas y medianas empresas, en los contratos cuya naturaleza y objeto lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante la división en lotes.
2. En estos casos, previa justificación en el expediente, se procurará limitar el número de lotes a los que un mismo candidato o licitador puede presentar oferta; o bien limitar el número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador.
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