Artículo 22. Reincorporación del personal de administración general con dispensa por realización de funciones sindicales.
Artículo 22 de la Ley 4/2020, de 26 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19. · BOE-A-2020-16420
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-04.
Texto consolidado
La reincorporación del personal que cuente actualmente con dispensa de asistencia al puesto de trabajo por ejercicio de funciones sindicales, que venga motivada por el desempeño de funciones relacionadas con la ejecución de las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias ante la situación generada por el COVID-19, no implicará el cese del personal sustituto.
Más artículos de Ley 4/2020
- ← Artículo 21. Medidas extraordinarias en materia de gestión de las bolsas de trabajo de personal funcionario y laboral…
- → Artículo 23. Suspensión temporal de la amortización de anticipos reintegrables al personal al servicio del sector púb…
- Ver la norma completa: Ley 4/2020, de 26 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19.