El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 22.

Artículo 22 de la Ley 4/2001, de 4 de julio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León. · BOE-A-2001-14244

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-10.

Texto consolidado

1. La disolución de las Cortes de Castilla y León no hará decaer una iniciativa legislativa popular o de Ayuntamientos que estuviera en tramitación parlamentaria.

2. En este caso, tras la constitución de las nuevas Cortes, la Mesa ordenará reiniciar el trámite parlamentario partiendo de su publicación en el «Boletín Oficial de la Cámara», debiendo pronunciarse el Pleno en cuanto a su toma en consideración en el plazo máximo del tercer mes hábil del primer período de sesiones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-10.

Más artículos de Ley 4/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.