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Ley Derogada

Artículo 22. Tesorería.

Artículo 22 de la Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. · BOE-A-1995-11845

Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Agencia dispondrá de Tesorería propia, gestionándose por la misma todos los fondos generados en favor de aquélla.

El funcionamiento de la Tesorería se ajustará a lo establecido en el artículo 109.4 de la Ley 9/ 1990, de 8 de noviembre.

Su anterior numeración era artículo 14.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-17.

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