Artículo 22. Modalidades de caza.
Artículo 22 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-15.
Texto consolidado
1. El ejercicio de la caza podrá ejercerse mediante las modalidades de caza que se determinen reglamentariamente con los requisitos, limitaciones y medidas precautorias de seguridad que se establezcan.
2. La autorización de cualquier modalidad de caza y las especies que son objeto de caza, quedarán contempladas en la resolución aprobatoria del Plan de Ordenación Cinegética del terreno donde pretenda llevarse a cabo y quedarán supeditadas a su comunicación cuando proceda, sin perjuicio de aquellas autorizaciones de otro carácter que pueda realizar la Dirección General o los órganos provinciales.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-6000.