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Ley Vigente

Artículo 22. Obligaciones.

Artículo 22 de la Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2002-15890

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.

Texto consolidado

Son obligaciones de los miembros de una cofradía de pescadores:

a) Ajustar su actuación a lo que establezcan los estatutos.

b) Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno.

c) Actuar con lealtad y buena fe y no obstaculizar el funcionamiento normal de la cofradía.

d) Asistir a las reuniones y los actos de los órganos de gobierno de que forman parte cuando sean convocados a los mismos.

e) Satisfacer las cuotas que se establezcan para contribuir al sostenimiento de la cofradía.

f) Cumplir los reglamentos internos de la cofradía.

g) Todas las demás obligaciones que determinen los estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-13.

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