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Ley Vigente

Artículo 22. Funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Artículo 22 de la Ley 22/2001, de 21 de diciembre, de Creación de la Comarca Gúdar-Javalambre. · BOE-A-2002-1223

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-27.

Texto consolidado

1. Son funciones públicas necesarias cuya responsabilidad está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional:

a) La de Secretaría comprensiva de la fe pública y asesoramiento legal preceptivo.

b) El control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación.

2. Las plazas, cuya clasificación se solicitará al Gobierno de Aragón, serán provistas mediante concurso de méritos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-12-27.

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