Artículo 22. Participación de los vecinos.
Artículo 22 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-19.
Texto consolidado
Para fomentar la participación de los vecinos en el gobierno y administración local, los Municipios podrán adoptar medidas tendentes a la difusión de las convocatorias y órdenes del día en las sesiones plenarias, a facilitar la publicidad de las sesiones plenarias, y cualquier otra que persiga la misma finalidad en los términos que disponga el Reglamento orgánico municipal o acuerde el Pleno por la mayoría absoluta del número legal de miembros.