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Ley Vigente

Artículo 22. Obligación de comunicar a la entidad gestora de la prestación.

Artículo 22 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital. · BOE-A-2021-21007

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Con carácter anual, los servicios sociales comunicarán a la entidad gestora el mantenimiento o modificación de los certificados previstos en los párrafos d) y e) del artículo 21.9, así como del certificado de exclusión social establecido en el artículo 21.10.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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