El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 22. Prohibición de ser nombrado administrador único tras cese forzoso.

Artículo 22 de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal. · BOE-A-2006-9958

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-07.

Texto consolidado

No podrá ser nombrado como administrador único en el caso previsto en el artículo 13.2 de esta Ley, el Presidente que deba cesar en el cargo como consecuencia de concurrir cualquiera de las causas de cese forzoso previstas en el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-07.

Más artículos de Ley 17/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 17/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.