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Ley Vigente

Artículo 22. Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana.

Artículo 22 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud. · BOE-A-2017-15372

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-03.

Texto consolidado

1. El Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana (CJCV) es el máximo órgano de representación de las organizaciones de la juventud valenciana y el interlocutor con el Consell y las instituciones públicas y privadas en materia de juventud.

2. El CJCV se constituye en corporación pública sectorial de base privada con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para cumplir sus fines. El CJCV dispondrá de una dotación específica en los presupuestos de la Generalitat.

3. El CJCV se regirá por las normas de derecho privado, y en particular por aquellas que regulen el funcionamiento de las asociaciones, con las especificidades previstas en la presente ley y las disposiciones que la desarrollen. No obstante, sujetará su actividad a las normas de derecho público cuando ejerza potestades administrativas atribuidas por el ordenamiento jurídico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-03.

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