Artículo 22. Régimen patrimonial.
Artículo 22 de la Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias. · BOE-A-2009-13566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-25.
Texto consolidado
1. El patrimonio de Aeropuertos de Cataluña está constituido por los bienes que tiene adscritos y los que adquiera en virtud de cualquier título de conformidad con la presente ley.
2. La gestión del patrimonio de Aeropuertos de Cataluña se ajusta a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del estatuto de la empresa pública catalana, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la legislación sobre el patrimonio de la Generalidad.
Téngase en cuenta que, a causa de su no convalidación parlamentaria, este Decreto-ley queda derogado con fecha 9 de diciembre de 2013, por Resolución 477/X, de 13 de enero de 2014. Ref. DOGC-f-2014-90535 (DOGC núm. 6545, de 22 de enero de 2014)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-969.