Artículo 22. Creación, fusión y disolución de cofradías.
Artículo 22 de la Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2016-2017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 9/1993, de 8 de julio, de cofradías de pescadores, que queda redactado como sigue:
«2. La fusión y disolución de cofradías precisarán el acuerdo de las respectivas asambleas por mayoría de las tres cuartes partes de sus miembros y la aprobación por la consejería competente en materia de cofradías de pescadores, sin perjuicio del procedimiento especial establecido en el artículo 11 bis».