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Ley Vigente

Artículo 22. Régimen aplicable.

Artículo 22 de la Ley 12/2023, de 23 de noviembre, de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento. · BOE-A-2023-26637

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-08.

Texto consolidado

1. El régimen estatutario del personal funcionario de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento de las administraciones públicas vascas será el previsto para el resto del personal de las administraciones públicas vascas a las que pertenezcan, en todo lo no previsto expresamente en la presente ley y en las normas que la desarrollen.

2. El régimen previsto en el presente capítulo no resulta de aplicación al personal técnico, administrativo o de oficios al que se refiere el artículo 15.5 de esta ley. Dicho personal realizará las funciones propias de su categoría y se estará a lo que determine el régimen administrativo establecido con carácter general para el resto del personal de la administración de la que dependan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-08.

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