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Ley Vigente

Artículo 22.

Artículo 22 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2004-1974

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-07.

Texto consolidado

El Vicepresidente o Vicepresidentes suplen, por su orden, al Presidente y ejercen las funciones que les atribuya el Decreto de su nombramiento o que les delegue el Presidente. No podrán atribuirse ni delegarse las funciones que los artículos 5 y 6 de esta Ley asignan al Presidente, excepto las de representación institucional, firma de convenios o acuerdos con otras Comunidades Autónomas y coordinación entre las distintas Consejerías.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-07.

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