Artículo 22. Instrumentos de planificación.
Artículo 22 de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2019-7223
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-18.
Texto consolidado
La planificación, que incluirá la perspectiva de género con el objetivo de reducir y eliminar las posibles brechas de género y deberá ser inclusiva, se llevará a cabo, con carácter principal, a través de los Planes de Protección Civil cuya competencia corresponda a las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ajustándose, en todo caso, a lo establecido en la Norma Básica de Protección Civil respecto a su contenido mínimo y criterios generales de elaboración. Asimismo incluirá las medidas necesarias para tener en cuentas a las personas con discapacidad.