Artículo 22. Medidas de acción positiva para la promoción de la mujer en aspectos medioambientales y de consumo.
Artículo 22 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León. · BOE-A-2003-5910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en su ámbito de competencias, promocionarán aquellas acciones positivas a favor de la mujer relativas al fomento de los aspectos medioambientales y de consumo:
1. Promover que el consumo y el respeto al medio ambiente se realicen de manera corresponsable por mujeres y hombres.
2. Potenciar el conocimiento sobre la relación entre factores medioambientales y factores consumistas y la calidad de vida.
3. Fomentar la participación de las mujeres en políticas de protección medioambiental y en nuevos trabajos relacionados con la preservación del medio ambiente.
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