El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 22. Entrada en vigor.

Artículo 22 del Instrumento de ratificación del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985. · BOE-A-1986-25055

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-08-07.

Texto consolidado

1. El presente Convenio será ratificado y los instrumentos de ratificación serán intercambiados en el plazo lo más pronto posible.

2. Este Convenio entrará en vigor en la fecha del intercambio de los instrumentos de ratificación a los que se refiere el párrafo 1 y sus disposiciones se aplicarán a los impuestos sobre la renta y el patrimonio correspondientes al período impositivo que comienza en o después del 1 de enero del año natural siguiente al de la entrada en vigor del Convenio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-08-07.

Más artículos de BOE-A-1986-25055

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1986-25055 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.